El 1 de mayo se celebra mundialmente el Día Internacional del Trabajo, una fecha declarada feriado nacional obligatorio en Argentina tanto para el sector público como para el privado. Según la normativa vigente, quienes deban cumplir tareas durante esta jornada tienen derecho a una remuneración diferenciada de la habitual.
¿Cuánto sabés de los Mundiales? Poné a prueba tu conocimiento con esta trivia interactivaPor ello, conocer la reglamentación es fundamental para garantizar el cumplimiento de los derechos laborales y calcular correctamente la liquidación final.
Cuánto se debe pagar a un trabajador del sector privado el 1 de mayo
El artículo 165 de la Ley de Contrato de Trabajo dispone que sobre los feriados nacionales rige el descanso dominical. En dichas fechas, en caso de que los empleados presten su servicio, la normativa prescribe el cobro de la remuneración normal “más una cantidad igual”. Como el Día del Trabajador se sostiene como una fecha inamovible, en la práctica se traduce en el "pago doble" por la actividad realizada. La regulación estipula que incluso si el feriado coincidiera con un domingo, el derecho a percibir el sueldo correspondiente se mantiene vigente.
Sin embargo, para acceder a este beneficio, el artículo 168 de la misma normativa fija ciertas condiciones de asistencia. El personal debe haber cumplido funciones a las órdenes del mismo empleador durante 48 horas o seis jornadas dentro de los diez días hábiles anteriores a la festividad, o haber prestado tareas la víspera hábil y continuar en los cinco días posteriores.
La diferencia entre un feriado y un día no laborable
Resulta fundamental diferenciar claramente entre un feriado nacional y un día no laborable según el marco legal vigente. Durante un feriado, la interrupción de las tareas es obligatoria y cualquier labor desempeñada exige un pago doble; por el contrario, en las jornadas no laborables queda a criterio de la empresa abrir sus puertas, y quienes presten servicios perciben únicamente su salario habitual sin bonificaciones extra.
Respecto al próximo 1 de mayo de 2026, la normativa establece de forma tajante que la fecha constituye un feriado nacional para todas las actividades económicas. Esta condición asegura que todos los sectores laborales deban regirse por las pautas de descanso obligatorio o, en su defecto, por el esquema de compensación salarial doble mencionado anteriormente.